México, restricción de derechos fundamentales en el precedente judicial del siglo XIX

Benjamín Jiménez González

Año 4 – Número 8 · Páginas 7-33

Revista de Garantismo y Derechos Humanos · ISSN 2448-833X

Resumen

A lo largo de todos los periodos de la historia los derechos fundamentales no han sido absolutos, así lo releva la interpretación que en sede judicial se ha hecho de ellos. Para evidenciar lo anterior, el presente artículo se ocupa de dos casos emblemáticos de los cuales conoció el novicio Supremo Tribunal de Justicia de Arios, en el incipiente México independiente. Posteriormente se hace referencia al momento en que nace el precedente judicial en el orden jurídico mexicano y se exponen asuntos emblemáticos en la interpretación de derechos fundamentales obtenidos de la jurisprudencia histórica, integrada por la primera a la cuarta época. En algunos casos se hace referencia a la interpretación actual que la Suprema Corte de Justicia de la Nación hace respecto del mismo derecho fundamental, con la intención de evidenciar los contrastes o bien la evolución en la construcción doctrinaria del precedente judicial. Palabras clave: novicio Supremo Tribunal, incipiente México independiente, Justicia de Arios, Tribunal de Justicia, releva la interpretación, derechos fundamentales obtenidos, sede judicial, precedente judicial.

Palabras clave

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